Guías turísticos deberán actualizar el Registro Nacional de Turismo antes del 31 de marzo
La Secretaría de Turismo Departamental informa a los guías turísticos que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo expidió la Resolución N°3896 de 7 de diciembre de 2011, atendiendo expresamente la solicitud y el clamor de los guías turísticos del país, para volverse aportantes de parafiscalidad, como los demás prestadores de servicios turísticos, y de hacer exigible como requisito para la actualización del Registro Nacional de Turismo, la acreditación de 40 horas académicas cursadas, en temas contributivos a mejorar la calidad de los guías profesionales.
La actualización del RNT vence el próximo 31 de marzo de 2013, ingrese a la página web del Registro Único Empresarial y Social- RUES: www.rues.org.co, a través del enlace “Registro Nacional de Turismo” y lea las recomendaciones del instructivo de actualización.
La omisión en la obligación de la actualización de su Registro Nacional de Turismo le acarreará una multa consistente en un (1) salario mínimo legal mensual vigente ($589.500), y el cierre temporal de su establecimiento de comercio.
Cabe recordar que durante el tiempo de suspensión del Registro Nacional de Turismo, el prestador de servicios turísticos no podrá ejercer la actividad, hasta tanto demuestre que ha cumplido con la actualización y pagado la multa al Fondo Nacional de Turismo – FONTUR.
El Ministerio de Comercio Industria y Turismo y las Cámaras de Comercio de todo el país han dispuesto de la asignación de un funcionario con dedicación exclusiva para atender la actualización del RNT, a partir de la fecha, en aras de brindar los mecanismos necesarios para facilitar los trámites correspondientes.
Carlos Barraza Escobar
Comunicaciones y Prensa
Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina
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