Entre los suscritos, a saber: de una parte, AURY SOCORRO GUERRERO BOWIE, identificada con cédula de ciudadanía N° 40.985.575 de San Andrés, quién actúa en su calidad de Gobernadora, según acta de posesión N° 001 del 1° de enero de 2012, quien para efectos de la presente ACTA se denominará EL DEPARTAMENTO y de otra parte: ANA GARCIA DE PETCHAL identificada con cédula de ciudadanía N° 24.907.448, quien representó a los pensionados, ANA LUCIA VILLA ARCILA identificada con la cédula de ciudadanía N° 41.542.874, representante de la Nación
La Gobernación del Departamento y la empresa de aseo de San Andrés, Trash Busters S. A. E.S.P. se permite invitar a los vocales de control de los Comités de Desarrollo y Control Social, inscritos ante las autoridades, a los Presidentes de las Juntas de Acción Comunal y a los ciudadanos interesados, a la audiencia de socialización del componente de disposición final- CDT- a incorporar en las tarifas de aseo.
La Gobernación del Departamento a través de la Secretaria del Interior y en asocio con el Ministerio del Interior y sus direcciones de Derechos Humanos y Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, realizaran dos diplomados dirigidos a los directivos, líderes, gestores, y representantes de organizaciones sociales y de base del departamento.
Mediante Resolución N° - 002598 “por medio del cual se hace un encargo”
LA GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en uso de sus facultados conferidas por el Artículo 96 del Decreto-Ley 1222 de 1986 y del Artículo 34 del Decreto Reglamentario 1950 de 1973, y
CONSIDERANDO
Que el Doctor Joseph Lionikem Barrera Kelly C.C. 18.003.771, ha cumplido su periodo como DIRECTOR ADMINISTRATIVO oficina de Control y Circulación Residencia OCCRE.
Que mientras se completa el proceso de selección del nuevo Director(a) por parte de la Junta Directiva, se hace necesario encargar un funcionario de la dirección de la oficina.
LA GOBERNADORA DEL DEPARTAMENTO ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, en ejercicio de sus facultades, en especial la conferida en el Decreto 2762 de 1991, y
CONSIDERANDO
Que según el artículo 24 del Decreto 2762 de 1991, el Director de la Oficina será nombrado para periodos de un año, por la Junta Directiva, de terna presentada por el Gobernador del Departamento Archipiélago y podrá ser reelegido.
Que dada la vacancia definitiva en el cargo se dio apertura al periodo de inscripciones para escoger la terna al cargo de Director de la Oficina de Control, Circulación y Residencia –OCCRE, disponiendo que cualquier profesional de las islas, interesado, podría presentar a consideración de la Presidencia de la Junta Directiva su hoja de vida, dentro del periodo del 27 de mayo hasta el 4 de junio de 2013.
La Gobernación del Departamento a través de la Secretaria del Interior y en asocio con el Ministerio del Interior y sus direcciones de Derechos Humanos y Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal, realizaran dos diplomados dirigidos a los directivos, líderes, gestores, y representantes de organizaciones sociales y de base del departamento.
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