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INICIA EL PERIODO DE VEDA PARA EL CARACOL PALA

Se le informa a la comunidad que, mediante la Resolución 00179 de 1995, se estableció la veda para el recurso del Caracol Pala, (Strombus gigas) en el área del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, durante el periodo comprendido entre el 01 de junio al 31 de octubre de cada año.

En atención al cumplimiento de la resolución antes mencionada, se solicita a pescadores artesanales, empresas de pesca industriales, comercializadores de productos pesqueros, restaurantes, autoridades y a la comunidad en general que, se abstengan de capturar, extraer y/o comercializar el recurso Caracol Pala durante su periodo de veda.

“La pesquería es una de las actividades que garantiza la sostenibilidad económica, social, cultural y alimenticia en nuestro Archipiélago, por tanto, invito a la comunidad de las islas a que juntos conservemos nuestros recursos pesqueros y, le permitamos a las futuras generaciones disfrutar de sus beneficios” Asegura Roy Robinson Mc.Laughlin, Secretario de Agricultura y Pesca.

El no cumplimiento de esta medida dará lugar a la imposición de sanciones tipo administrativo y penales en atención a la normatividad pesquera vigente y demás normas aplicables.

Desde la delegación de funciones en materia pesquera ordenada por la Ley 47 de 1993 y formalizada mediante la Resolución No. 0568 de 1999 del INPA (Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura), corresponde a la Secretaría de Agricultura y Pesca organizar sistemas de control, seguimiento y vigilancia que garanticen el cumplimiento de las normas que regulan la actividad pesquera en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

OFICINA DE PRENSA Y COMUNICACIONES

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