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Colombia demostró un total de doce decisiones tomadas por la Corte en el fallo de 2012 para desestimar la solicitud nicaragüense de una plataforma continental extendida

Corte de La Haya

La Haya, (oct. 7/15). La solicitud de Nicaragua de tener una plataforma extendida hasta 350 millas de sus costas fue refutada por el equipo de defensa de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, que presentó hoy los argumentos que demuestran claramente que la petición ya es “cosa juzgada” por la Corte en el fallo de 2012. La defensa colombiana demostró que para llegar a la delimitación en ese momento, la Corte no solo desestimó la solicitud de Nicaragua sino que debió tomar cerca de 12 decisiones para concluir que Nicaragua no tenía derecho alguno, más allá de sus 200 millas. Con base en esas decisiones desestimó definitivamente las aspiraciones nicaragüenses y convirtió todo el caso en un asunto juzgado, fallado, y concluido, enfatizó Colombia.

En el día final de argumentos para nuestro país, los abogados intervinieron para demostrar cada uno de las excepciones colombianas en el siguiente orden:

El primer turno fue para Michael Wood, quien demostró que la forma en que Nicaragua interpreta la denuncia de Colombia del Pacto de Bogotá, es no solo contraria al texto mismo del artículo 56 sino que conduce a conclusiones absurdas y carentes de cualquier fundamento.

Continuó Matthias Herdegen, quien demostró que la Corte no hizo reserva expresa alguna en el fallo de 2012 que permita a Nicaragua sostener que ese tribunal postergó para un futuro litigio, efectuar una segunda delimitación más allá de las 200 millas de la costa de Nicaragua.

Luego intervino Michael Reisman, quien reafirmó que el fallo de 2012 le negó a Nicaragua sus pretensiones sobre una supuesta plataforma continental extendida. Resumió todas las decisiones que condujeron a ese resultado desfavorable para Nicaragua. La “cosa juzgada” le impide a ese país re-litigar la misma pretensión.

Posteriormente Tulio Treves, argumentó que sin una recomendación de la Comisión de Limites, no es posible proceder a efectuar una delimitación. Por lo tanto Nicaragua no puede invocar a su favor sus propias omisiones ni desconocer el papel de la comisión de límites de la que es parte. En consecuencia la demanda de Nicaragua debe ser inadmitida.

De nuevo Michael Wood, refutó  la segunda pretensión de Nicaragua, por medio de la cual le pide a la Corte que  fije un régimen provisional en el área del Caribe más allá de las 200 millas. Demostró que se trata de una pretensión eminentemente teórica ajena a las funciones de la Corte y de cualquier forma excluida de su competencia.

El abogado Rodman Bundy, develó las contradicciones en las que ha incurrido Nicaragua desde que demandó a Colombia en el año 2001 y presentó los argumentos de Colombia que hacen evidentes las incoherencias de la pretensión Nicaragüense.

Finalmente el agente, Carlos Gustavo Arrieta,  confirmó que Colombia objeta la competencia de la Corte y le solicitó que declare que carece de competencia y que la demanda es inadmisible. Colombia está tranquila por la contundencia de sus argumentos jurídicos, y porque considera que tanto la ley internacional, como la jurisprudencia de la Corte le dan la razón.

De esta manera concluyó la ronda de argumentos de Colombia, en este tercer día de audiencias preliminares. El viernes cuando terminen, Nicaragua tendrá el turno para intervenir sobre todo lo dicho por Colombia.  A partir de la próxima semana la Corte Internacional de Justicia se tomará un tiempo de varios meses para analizar todos los argumentos presentados por las partes y pronunciarse si se declara no competente o si por el contrario entra a decidir sobre el fondo del caso.

 

Carlos Barraza Escobar 

Jefe de Prensa y Comunicaciones 

 

La Haya, (oct. 7/15). La solicitud de Nicaragua de tener una plataforma extendida hasta 350 millas de sus costas fue refutada por el equipo de defensa de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, que presentó hoy los argumentos que demuestran claramente que la petición ya es “cosa juzgada” por la Corte en el fallo de 2012. La defensa colombiana demostró que para llegar a la delimitación en ese momento, la Corte no solo desestimó la solicitud de Nicaragua sino que debió tomar cerca de 12 decisiones para concluir que Nicaragua no tenía derecho alguno, más allá de sus 200 millas. Con base en esas decisiones desestimó definitivamente las aspiraciones nicaragüenses y convirtió todo el caso en un asunto juzgado, fallado, y concluido, enfatizó Colombia.

En el día final de argumentos para nuestro país, los abogados intervinieron para demostrar cada uno de las excepciones colombianas en el siguiente orden:

El primer turno fue para Michael Wood, quien demostró que la forma en que Nicaragua interpreta la denuncia de Colombia del Pacto de Bogotá, es no solo contraria al texto mismo del artículo 56 sino que conduce a conclusiones absurdas y carentes de cualquier fundamento.

Continuó Matthias Herdegen, quien demostró que la Corte no hizo reserva expresa alguna en el fallo de 2012 que permita a Nicaragua sostener que ese tribunal postergó para un futuro litigio, efectuar una segunda delimitación más allá de las 200 millas de la costa de Nicaragua.

Luego intervino Michael Reisman, quien reafirmó que el fallo de 2012 le negó a Nicaragua sus pretensiones sobre una supuesta plataforma continental extendida. Resumió todas las decisiones que condujeron a ese resultado desfavorable para Nicaragua. La “cosa juzgada” le impide a ese país re-litigar la misma pretensión.

Posteriormente Tulio Treves, argumentó que sin una recomendación de la Comisión de Limites, no es posible proceder a efectuar una delimitación. Por lo tanto Nicaragua no puede invocar a su favor sus propias omisiones ni desconocer el papel de la comisión de límites de la que es parte. En consecuencia la demanda de Nicaragua debe ser inadmitida.

De nuevo Michael Wood, refutó  la segunda pretensión de Nicaragua, por medio de la cual le pide a la Corte que  fije un régimen provisional en el área del Caribe más allá de las 200 millas. Demostró que se trata de una pretensión eminentemente teórica ajena a las funciones de la Corte y de cualquier forma excluida de su competencia.

El abogado Rodman Bundy, develó las contradicciones en las que ha incurrido Nicaragua desde que demandó a Colombia en el año 2001 y presentó los argumentos de Colombia que hacen evidentes las incoherencias de la pretensión Nicaragüense.

Finalmente el agente, Carlos Gustavo Arrieta,  confirmó que Colombia objeta la competencia de la Corte y le solicitó que declare que carece de competencia y que la demanda es inadmisible. Colombia está tranquila por la contundencia de sus argumentos jurídicos, y porque considera que tanto la ley internacional, como la jurisprudencia de la Corte le dan la razón.

De esta manera concluyó la ronda de argumentos de Colombia, en este tercer día de audiencias preliminares. El viernes cuando terminen, Nicaragua tendrá el turno para intervenir sobre todo lo dicho por Colombia.  A partir de la próxima semana la Corte Internacional de Justicia se tomará un tiempo de varios meses para analizar todos los argumentos presentados por las partes y pronunciarse si se declara no competente o si por el contrario entra a decidir sobre el fondo del caso.

 

Carlos Barraza Escobar 

Jefe de Prensa y Comunicaciones 

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